Existen
pues dos formas generales de dirimir los asuntos, una es la discusión,
la otra por la fuerza, es lo propio del hombre. Aún siendo de animales,
debemos acudir a las bajezas si no podemos ser superiores. Por esta
causa debemos ocuparnos tanto de la guerra, para vivir en paz y sin
injurias. Conseguida la victoria, debemos cuidar de aquellos que en la
guerra no fueron crueles ni inhumanos, como nuestros antepasados
acogieron a muchos civiles enemigos.
Marco Tulio Cicerón, siglo I a.c
Esta discutible sentencia es una de las infinitas citas que podrían
evocarse para tratar de explicar el comportamiento bélico del ser humano.
Durante la mayor parte de su historia, la humanidad se ha entregado a la
actividad militar con más fervor que a cualquier otra ocupación. Sin
embargo esta disertación es destacable por ser
una de las más antiguas que existen, llamándonos la atención como ya se
intentaba justificar razonablemente la guerra desde los albores de la
civilización... hasta la actualidad.
La
Asociación Virtual Hispana De Re Militari se crea con la intención de
procurar un medio a través del cual se puedan conocer y comentar todos
los aspectos de esta violenta faceta del hombre.
Hasta
finales del siglo XX diversas ramas de la historiografía universal han
merecido reconocimiento académico, pudiendo estudiarse en las
universidades, desarrollándose cátedras y departamentos de disciplinas
tales como Historia del Arte o Historia de las Religiones. Sin embargo, en
el mundo hispano, la Historia Militar carece de tal reconocimiento
fuera de los ámbitos militares profesionales, y su estudio permanece
supeditado a la división general de los diferentes períodos históricos.
Este es uno de los vacíos que pretende llenar esta iniciativa.
Orígen
del término De Re Militari.
La denominación De
Re Militari responde a una expresión latina que significa "de lo militar",
que ha sido elegida para nombrar varias obras literarias a lo largo
de la historia:
Es el título del más célebre tratado de táctica y
estrategia de Occidente, algunos dicen que hasta el siglo XIX, que fue escrito por Flavius Vegecius Renatus (Vegecio) hacia el año
390 a.c. Existe una traducción disponible en inglés de todo el libro, en
la siguiente web: http://www.pvv.ntnu.no/~madsb/home/war/vegetius/ y
en esta otra se puede leer en latín y con todas las ilustraciones
de una edición de 1535: http://cnum.cnam.fr/SYN/fY29.html
Nicolás
de Maquiavelo llamó a su serie de discursos con tal nombre al
recopilarlos y editarlos hacia 1519 o 1520. Luego le cambió el nombre por
El Arte de la Guerra. Se puede bajar una copia entera de la obra en latín
en http://www.liberliber.it/biblioteca/m/machiavelli/
El
Capitán Diego Salazar compone otro volumen del mismo título hacia el
año 1535. Existe una copia en el archivo general de Simancas, en
Vallladolid, España.
En la Constitución española se
denomina Re Militari al derecho militar, por el cual se rige internamtente
el Ejército Español. Otros paises latinamericanos tambíen contemplan
este apartado del derecho en su constitución, como México.
Principio
legal de esta asociación.
La
Asociación Virtual Hispana sin ánimo de lucro De Re Militari se funda en
el mismo momento en que lo hace su lista, grupo o comunidad de correo
electrónico, pues se entiende que dicho medio de comunicación y la
sociedad son un mismo ente indivisible, a fecha de 31 de diciembre del
año 2003, si bien sus actas fundacionales registradas legalmente por los
órganos estatales competentes estarán fechadas posteriormente.
Se
acoge para ello a la legalidad vigente de España, país que alberga el
domicilio social de la persona de su Fundador, del Servidor de la Lista o
Grupo de Correo electrónico, y el Servidor que aloja este sitio Web,
cuyos dominios pertenecen a empresas radicadas en España y que ofertan
sus servicios gratuitamente, según recogen en sus respectivas condiciones
generales de servicio y de registro correspondientes.
Esta
sociedad se funda al amparo de la Constitución Española, que otorga el
derecho a libertad de reunión y la libre asociación.
Las
finalidades de esta asociación, así como otros aspectos orgánicos y
funcionales de la misma están referenciados en los siguientes estatutos
establecidos por su Fundador.
Estatutos
de una Asociación Virtual
Título
Primero: Ámbito y Denominación.
El ámbito de esta asociación corresponde a toda la
red virtual mundial al alcance de su Red Social electrónico,
elemento común a todos los miembros de la sociedad, y al territorio
geográfico y político del estado español, amparándose su
fundación en las leyes de este último, de acuerdo con lo establecido
en el Real Decreto 397/1988 y demás disposiciones complementarias,
con la denominación de Asociación Virtual Hispana De Re Militari.
Título
Segundo: Finalidad.
El área principal de actividad de dicha sociedad
serán esta Web, su Red Social electrónico, que es el medio de
comunicación interno de esta sociedad al que todos los socios o
miembros se afilian al acceder a esta sociedad virtual, y su
digital de difusión pública, gratuita y de finalidad didáctica,
denominada De Ars Militaria; iniciativas en la que todos los miembros
podrán participar de acuerdo a lo citado en sus respectivas normas,
establecidas por su fundador y webmaster y publicadas en los apartados
correspondientes de esta Web.
Los fines de esta asociación son de promoción
social, cultural y educativo, así como de cooperación entre sus
miembros. Entre estas finalidades estarían las siguientes:
Difusión y divulgación didáctica de la
Historia Militar y la Militaria Lúdica.
Mantenimiento de una Red Social
Electrónico como medio de comunicación para cumplir el fin
anterior y promover proyectos. Esta Red Social adquiere carácter
de asociación virtual por estos estatutos.
Mantenimiento de un sitio
Web y una la publicación de una virtual, De Ars Militaria, como apoyo
a los dos puntos anteriores.
La realización de otras actividades que sirvan
al primer punto, fuera del ámbito de Internet, como,
conferencias, reuniones o congresos, exposiciones, excursiones a
museos, redacción de notas de prensa, redacción de
manifiestos, jornadas de juegos de mesa, y un largo etc.
Todo
lo anterior debe ser realizado con entera
libertad de pensamiento, palabra y obra, quedando esta
asociación al margen de intereses y control por parte de
entidades públicas o privadas con fines políticos, es
u académicos.
Título
Tercero: Miembros.
Podrán
ser miembros de esta
sociedad y afiliados a la Red Social De Re Militari cualquier
persona que lo solicite previamente al Administrador o Propietario de
la Red Social electrónico tal y como se indica en la página del
Servidor de la Red Social, así como en la parte de esta Web destinada a tal finalidad.
La única condición previa es expresarse en correcto
castellano.
Una vez aprobada la solicitud, el afiliado deberá
atenerse y respetar las Normas de la Red Social de la Asociación
Virtual Hispana De Re Militari, ente indivisible que conforma esta
sociedad virtual. Dichas normas pueden leerse en todo momento
antes y después de su inscripción, pues están publicadas en esta Web
en su apartado correspondiente.
Los derechos y actividades de los miembros con
respecto a la pertenencia y uso de la Red Social de la
Asociación Virtual Hispana De Re Militari también están
especificados en esta Web en el apartado correspondiente.
Los derechos de los miembros con respecto a la
asociación fuera del ámbito de la mencionada Red Social son los
siguientes:
Tomar parte con voz y voto en la Asamblea
General.
Elegir y ser electos para la Junta Directiva y
puestos de responsabilidad, si cumplen los requisitos exigidos.
Participar en las actividades de la asociación.
Los deberes de los miembros con respecto a la
asociación fuera del ámbito de la mencionada Red Social, su Web
y su Virtual son los siguientes:
Cumplir
con las determinaciones tomadas por la Asociación o en defecto
de ella por su Fundador o Administrador de la lista..
La
Condición de miembro o socio se pierde:
Por
baja voluntaria.
Por
expulsión por parte de uno de los miembros de la Junta
Directiva, o en su defecto por su Fundador o Administrador.
Título
Cuarto: Órganos Directivos de la Asociación.
Para las actividades dentro y fuera del ámbito de la
red virtual u otras iniciativas fuera de la Red Social
electrónico, el Fundador de esta sociedad elegirá la primera Junta Directiva por la que se regirán sus miembros. Dicho proceso de
elección se hará de forma pública a través del medio de
comunicación de la sociedad, al que todos pertenecen por definición, o
en Asamblea General.
La Asamblea
General es el máximo órgano constituyente de la asociación. Se
celebrará una reunión anual en la que deberán personarse los
Miembros y la Junta directiva en un lugar físico a convenir entre
ellos. Dicha Asamblea se convocará por primera vez cuando la
sociedad disponga al menos de un millar de afiliados domiciliados en
España. Se podrán convocar sesiones extraordinarias cuando la Junta
Directiva lo estime oportuno.
Son
atribuciones de la Asambleas General:
Nombrar
a los cargos de la Junta Directiva
Aprobar
el acta fundacional, solo en la primera asamblea general.
Velar
por el cumplimiento de los fines de la Asociación.
Controlar
a la Junta directiva
Modificar
estos Estatutos.
En el
caso de haberse obtenido subvenciones públicas
económicas:
Aprobar
las cuentas del año anterior
Aprobar
el presupuesto anual
La Junta Directiva es un grupo de socios o miembros al
que el Fundador, u otros miembros una vez que este halla abandonado
la sociedad, le encargan la labor de perpetuar la asociación,
habiendo de tomar ellos todas las decisiones con el consenso de los
miembros. Solo el Fundador y la Junta Directiva podrán actuar en
nombre de la asociación.
La Junta directiva constará de
Presidente o Propietario o Administrador, Vice-Presidente o Vice
Propietario o Vice-Adminstrador, Moderadores, Co-Moderadores, Webmasters y
Vocales.
Ninguna de
las personas que se presenten a uno de los mencionados cargos
directivos podrá tener una profesión que haga
incompatible su puesto en la directiva con los fines de una
asociación sin ánimo de lucro libre al margen de intereses estatales
o académicos, como por ejemplo:
pertenecer
o trabajar para una editorial especializada en historia milita,
dirigir una de sus colecciones de este tema, o ser autor en
activo de libros de dicho tema.
poseer
o trabajar para una librería especializada en estos libros o en
otros productos similares, como juegos de guerra, rol, etc.
trabajar
en empresas vinculadas a contratistas o proveedores del
ejército profesional de un país.
ser
webmaster de una Web de temática militar, o moderador
de uno de los foros ligada a ella, o participar en su desarrollo.
diseñar
juegos de guerra o rol, de mesa u ordenador, como profesional en
activo; o elaborar módulos, campañas, traducciones etc. para
dichos profesionales.
ilustradores
profesionales de temas militares, diseñadores de maquetas y
figuras, etc..
vice-decanos,
decanos, rectores o catedráticos de facultades universitarias
públicas o privadas, directores de centros de enseñanza de
nivel medio.
funcionarios
estatales de alto rango con potestad en ámbitos relativos a la
cultura, como ministros, secretarios de estado, directores
generales de entidades púiblicas, etc.
funcionarios
regionales, provinciales y municipales de alto rango con
potestad en ámbitos relativos a la cultura, como presidentes de
de región o diputación, diputados regionales o provinciales,
alcaldes o concejales, o cargos de nombres y funciones
equivalentes según el país o la región.
ningúna
persona relacionada de forma inmediata a terceros que tengan una
de las ocupaciones mencionadas arriba, si bien estos deben ser
demostrables.
Si por
algún motivo alguien perteneciente a la Junta Directiva accede a
una de estas profesiones o cargos, al margen por entero de una de
sus labores del sitio web De Re Militari y la De Ars
Militaria, deberá convocarse inmediatamente
una Asemblea General extraordinaria en la que deberá elegirse a un
sucesor.
De
no encontrarse un sucesor apropiado, la persona que este en la Junta
Directiva ostentado uno de los cargos o profesiones antes
mencionados podrá mantener su puesto en la asociación de forma
excepcional durante un período improrrogable de un año, o hasta la
próxima Asamblea General ordinaria anual, lo que llegue antes.
Transcurrido
este plazo de tiempo, el Fundador podrá disolver la asociación por
considerar en peligro su independencia desinteresada.
Título
Quinto: Cargos Directivos de la Asociación.
El Fundador
es la persona que ha creado la Red Social y sociedad virtual De
Re Militari, su sitio Web y su virtual De Ars Militaria.
También ha establecido las normas, temas y servicios de la
mentada Red Social, y ha elaborado estos estatutos. El
será el Presidente de la Asociación, y ostentará este y otros
cargos hasta la convocación de Asamblea General y constitución de
una Junta Directiva. Es el único miembro con derecho a veto en
cualquier votación. Solo podrá abandonar
la sociedad por baja voluntaria.
El Fundador será
el único miembro de la Junta Directiva de la Asociación De Re
Militari, que, a parte de sus labores dentro de ella, podrá desempeñar
cargos y labores de las que se puedan considerar incompatibles para
los demás miembros de la Junta Directiva, cuyos ejemplos se citan
arriba. Todos los miembros deben conocer y aceptar que la
Asociación de la cual disfrutan, y todos sus servicios que ofrece
su Red Social, sitio Web y digital, existen únicamente por su mera
iniciativa, entrega y esfuerzo personal inicial, estando por ello
obligados a respetar el carácter excepcional de sus actuaciones.
El
Fundador tiene en propiedad la Red Social De Re Militari,
servida gratuitamente por la empresa Yahoo España, así
como el sitio Web que aloja la Web De Re Militari y su
digital De Ars Militaria, servida gratuitamente por la empresa Wanadoo
España; tal y como consignan en las Condiciones Generales
de ambas entidades.
El Propietario
o Administrador de la Red Social De Re Militari es
aquel miembro que mantiene y administra el funcionamiento de dicho
medio de comunicación, y a él se le confían entre otras
labores, como la admisión de miembros. Su elección también se realizará del modo
descrito anteriormente. Para optar al puesto los candidatos deben
acreditar poseer conocimientos elevados de gran parte de los temas de
la asociación, así como del manejo de las herramientas de una Red Social.
La actividad
del Administrador nunca puede ser remunerada bajo ningún
concepto, ya que pervertiría los fines de la asociación al
emplear a cambio la Red Social, que es la asociación en
sí misma, perdiendo esta la razón de ser sin ánimo de lucro.
Los Moderadores y
Co-Moderadores son miembros que
ayudan al Propietario en su labor, Su elección también se realizará
del modo descrito anteriormente. Para optar al puesto los
candidatos deben acreditar tener conocimientos a diversos niveles de
algunos de los temas de la asociación.
Esta actividad
nunca puede ser remunerada bajo ningún concepto, nunca puede ser
remunerada bajo ningún concepto, ya que pervertiría los fines de la
asociación al emplear a cambio la Red Social, que es la
asociación en sí misma, perdiendo esta la razón de ser sin ánimo
de lucro.
El
Propietario o Webmaster de la
Web De Re Militari es aquel
miembro que mantiene y actualiza el sitio Web oficial, Su elección también
se realizará del modo descrito anteriormente. Para optar al
puesto los candidatos deben acreditar tener conocimientos en materias
de diseño de páginas Web.
El
Propietario o Webmaster de la Web podrá percibir emonumentos
económicos a cambio de su labor de recopilación,
actualización, maquetación, etc.., de enlaces o direcciones de
internet para el Servicio Público de Enlaces. Este
dinero solo puede percibirse de profesionales pertenecientes al
sector de la militaria, a cambio de publicar información de carácter
( direcciones virtuales de lugares físicos o de
internet donde se vendan productos, etc) en la secciones
de "Libros y s" y "Juegos
de Guerra" de dicho sitio Web. Todos los miembros deben conocer y aceptar que
este Servicio del cual disfrutan gratuitamenente existe por su entrega y
dedicación en todo su proceso de confección, estando por ello
obligados a respetar su derecho a percibir algún dinero a cambio
del tiempo invertido.
El
Editor o Webmaster de la digital De Ars Militaria es
aquel miembro que mantiene y actualiza el sitio Web oficial, Su
elección también se realizará del modo descrito anteriormente. Para
optar al puesto los candidatos deben acreditar tener conocimientos en
materias de diseño de páginas Web.
El
Editor o Webmaster podrá percibir emonumentos económicos a
cambio de su labor de recopilación, actualización,
maquetación, etc. de artículos para la publicación digital De
Ars Militaria de difusión gratuita. Este dinero solo puede
percibirse de profesionales pertenecientes al sector de la
militaria a cambio de publicar información de carácter
( libros, s, juegos, videos, etc) en la
sección "Novedades: Libros, s y Juegos"
de dicha publicación digital. Todos los miembros deben conocer y aceptar que la
virtual de la cual disfrutan gratuitamenente existe por
su entrega y dedicación en todo su proceso de confección, estando por ello
obligados a respetar su derecho a percibir algún dinero a cambio
del tiempo invertido.
Otras personas pueden ocuparse temporalmente de otras
labores o tareas que determine el Fundador o la Junta directiva.
Título
Sexto: Asociación Cultural Sin Ánimo de Lucro.
La Sociedad
Virtual Hispana De Re Militari es una asociación sin ánimo de lucro.
Ninguno de los afiliados, socios o miembros que estén
fuera de su Junta Directiva podrá realizar alguna de las siguientes
actividades en nombre De Re Militari o erigiéndose como
representantes o testaferros suyos:
Transacciones es de cualquier
índole.
Solicitar subvenciones u otras ayudas de
carácter económico e inmobiliario, como solicitar
locales a entes públicos.
Comerciar cualquier obra, producto o servicio
fuera o dentro de Internet.
Publicitar o promocionar estos en cualquier
soporte impreso, sonoro u audiovisual.con ánimo de lucro.
No existen cuotas de afiliación, los miembros no
deberán pagar ninguna cuantía económica por ingresar y participar
en la lista de corro electrónico de dicha sociedad, ni por utilizar
cualquiera de sus servicios públicos, sean de la Web o la
digital De Ars Militaria.
De los
socios que formen parte de la Junta Directiva únicamente podrán
percibir alguna remuneración a cambio de su trabajo, gratuito para el
resto de los socios y no socios, sólo el Fundador, los Propietarios o
Editores, y los Webmasteres.
Título
Séptimo: Régimen económico
Si la Junta Directiva desea realizar algún tipo de
actividad fuera del ámbito de la Red Social, la Web o la
virtual que requiera de fondos, antes de actuar deberá presentar sus
propuestas a votación en Asamblea General o mediante la Red Social. Una vez aprobados los proyectos, deberá buscarse la
financiación bajo el patrocinio de entes
públicos, pero no puede hacerlo de privados, para evitar que esta
sociedad se convierta en una pantalla de una empresa con intereses es
en el sector de la militaria, como editoriales, empresas diseñadoras de juegos de mesa, etc. y corrompa los fines de esta
asociación.
En el caso
de que se concediesen subvenciones de cuantía económica, los
miembros deberán elegir del modo citado anteriormente un Tesorero, persona que debe demostrar
conocimientos de contabilidad, y que pasará a formar parte de la
Junta Directiva.
Esta
asociación carece de patrimonio fundacional. Los fondos económicos
de la entidad se constituirán por:
Donativos
y legados por socios y terceras personas. No se aceptarán tales
que provengan de personas habilitadas para ostentar un cargo en
la Junta directiva por motivo de su trabajo.
Subvenciones
oficiales y particulares.
Los
emonumentos económicos que perciban miembros de la junta directiva
por su trabajo en el mantenimiento de servicios públicos gratuitos se
consideran al márgen de la Sociedad, y por lo tanto no están
obligados a dar cuenta de ellos a los demás miembros.
Título
Octavo: Disolución de la
Asociación.
La
asociación se podrá disolver con el acuerdo del 66% de los
afiliados reunidos en Asamblea General, si bien la Red Social, la
Web y la virtual continuarán mientras haya alguien dispuesto
a mantenerlos.
La
asociacón tambíen podrá ser disuelta por el Fundador si cree que
sus fines han sido corrompidos por la presencia de personas en su
Junta Directiva con intereses particulares ajenos a De Re Militari o contrarios a
dichos fines.
En caso de
disolución, la Junta directiva se constituirá en comisión
liquidadora, que precederá a pagar todas las deudas. Los bienes
resultantes serán entregados a una institución benéfica.
Aquí
concluyen los estatutos de La Asociación Virtual Hispana De Re
Militari.
Puedes volver
arriba. y
elegir otros contenidos de este texto u otra parte de la web que desees
consultar.
...Para
dejar patente a todas las naciones que las armas del pueblo romano no
llevaban esclavitud a los que eran libres, sino, bien al contrario,
traían la libertad a los esclavizados; de esta forma, los pueblos libres
se convencerían de que su libertad estaría asegurada a perpetuidad bajo
la tutela del pueblo romano, y los que vivían bajo el poder de los reyes
estarían convencidos de que iban a tener reyes menos duros y más justos
por respeto al pueblo romano y, además, si en algún momento había una
guerra entre sus reyes y el pueblo romano, el desenlace de la misma traería
a los romanos la victoria y a ellos, la libertad".
Tito
Livio, Historia de Roma, Liber XLV
Para afiliarte en la Red Social De Re
Militari, haz click en el icono inferior.